07 de diciembre del 2009

Código Político. Ofensiva ideológica

Por Juan José Arreola

¿El presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) está obligado a respaldar toda queja o denuncia ciudadana que le sea notificada? O, por el contrario, ¿Deberá atender solamente aquellas en que él evalúe ideológicamente que existe una real violación a los derechos humanos? Si la respuesta es afirmativa a la primera pregunta, entonces el actual presidente, Adolfo Ortega Osorio, ha violentado su función y, en consecuencia, debería de ser removido del cargo.

Si la respuesta es igualmente afirmativa pero a la segunda pregunta, entonces se ha desatado una severa campaña de desprestigio en su contra cuya única finalidad -deducimos- es la de quitarlo del cargo.

Sin embargo, el asunto parece ser que tiene más tintes ideológicos que jurídicos o sociales.

*Señalado y presionado

El cuestionamiento viene a colación después de que a mitad de la semana anterior, representantes de una veintena de organizaciones no gubernamentales, defensoras de los derechos de las mujeres, demandaron la renuncia de Adolfo Ortega Osorio.

Al Ombudsman queretano le achacaron el haberse negado a interponer una acción de inconstitucionalidad contra la reforma del artículo dos de la Constitución Política del Estado de Querétaro.

La modificación incluyó la obligación del Estado de proteger a los ciudadanos desde su gestación lo que, en los hechos, implica convertir en delito la práctica del aborto y, por consecuencia, la mujer que lo permita, violará la ley.

Virginia de los Ángeles García Quijano, quien es presidenta de la organización “Equidad y Libertad Tametztona”, sostuvo que la postura del defensor del pueblo, “contribuye a la reproducción, estigmatización y violación de los derechos humanos de las mujeres”.

Afirmó que el incumplimiento a la razón por la cual fue creada la comisión, “vulnera de forma cotidiana y constante a las mujeres de nuestro estado”.

El mes pasado, diversas organizaciones no gubernamentales presentaron una acción de inconstitucionalidad para tratar de revertir la referida reforma y pidieron a Adolfo Ortega que encabezara esta solicitud.

El presidente de la comisión rechazó hacerlo pues su postura -dijo- es en defensa de la vida.

A raíz de este desencuentro, ellas lo acusaron de “haberse echado para atrás” pues se había comprometido a suscribir el documento de marras; él acusó a estas organizaciones, de impulsar una campaña de descalificación en contra de la CEDH, pero afirmó que no cederá a ningún tipo de presión y que la institución continuará cumpliendo con su misión de defender y promover los derechos humanos, entre ellos el derecho a la vida.

Dijo ser respetuoso de la posición de algunas organizaciones sociales que se han manifestado en contra de la decisión de este organismo público de defender la vida, pero rechazó cualquier campaña de desprestigio y descalificación en contra de la institución.

“No modificaré mi posición ante el tema del aborto; seguiré defendiendo el derecho a la vida, a pesar que sigan buscando desacreditar mi persona y mi trabajo, seguiré firme en mis convicciones”, dijo Adolfo Ortega.

*Lo legal

El artículo primero de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, establece que “los derechos humanos son prerrogativas inherentes a los individuos, reconocidas por el orden jurídico y que la norma atribuye a la protección de la vida, la libertad, la igualdad, la dignidad, la cultura y cualquier otro aspecto indispensable para su existencia o desarrollo…”

Dicho en otros términos, jurídicamente está obligado a defender la vida y, por ende, incurriría en una falta a la propia ley, en caso de promover acciones que vayan en contra de ésta.

Ideológicamente podemos pensar lo que más nos convenga; apoyar o no la práctica del aborto; estar de acuerdo o no con lo que establece el artículo 2 de la Constitución de Querétaro; podemos debatir, incluso, sobre cuál de las vidas prevalece sobre la otra; la de la madre o la del producto.

La ley, sin embargo, establece como un derecho humano, el de la vida.

*Visión partidista

Las organizaciones que demandan su salida de la comisión, hicieron entrega de una carta al gobernador del estado, José Eduardo Calzada Rovirosa, solicitándole su intervención para que sea removido del cargo de presidente de la comisión de derechos humanos. Con la misma finalidad, también entregaron otro escrito al presidente de la Cámara de Diputados, Hiram Rubio García. Éste último incluyó un segundo ingrediente en el caso; públicamente declaró que los diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI) habrían de analizar “a profundidad” la petición de las organizaciones no gubernamentales, de destituir al Ombudsman.

Está claro que, por la vía legal, no existen elementos de peso para removerlo del cargo, más aún si tenemos en cuenta que el artículo 22 de la misma ley de la comisión, establece que el Presidente de “la Comisión sólo podrá ser destituido y, en su caso, sujeto a responsabilidad por las causas y mediante el procedimiento que señala el Título Séptimo de la Constitución Política del Estado.
El hecho es que ese título séptimo ya no existe, pues la modificación de nuestra constitución, en el 2008, lo anuló.

O sea, no hay causales legales para ser removido.

En el segundo párrafo del artículo 33 de la constitución queretana, se estipula que solamente podrá ser removido “por las causas graves que la ley señale” y, como ya revisamos, ni la ley de la comisión ni la constitución, explican cuáles son esas “causas graves”.
Frente a este vacío jurídico, queda claro que el asunto es de corte meramente ideológico: hay quienes no quieren que Adolfo Ortega no continúe en el cargo, por su orientación política, coincidente con la visión del Partido Acción Nacional.
Podemos estar de acuerdo o no, con el trabajo hasta ahora realizado por Adolfo, al frente de la Comisión. Lo que no podemos avalar es en intentar destituirlo por pensar diferente… aunque tampoco lleguemos a coincidir con su visión.
Señalarlo por su visión ideológica es, irónicamente, una agresión a sus derechos humanos.

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